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EL AUGE y las enfermedades crónicas
VIH/SIDA

1 Garantía de tratamiento. Toda persona con diagnóstico positivo para el VIH tendrá acceso gratuito a tratamiento según indicación médica.

a) Inicio y cambio precoz de tratamiento. Se garantiza que dentro de 7 días desde la indicación por parte del médico tratante -en los casos que corresponde-, la persona con diagnóstico positivo para el VIH tendrá acceso al inicio precoz del tratamiento, lo que garantiza fármacos del esquema de primera línea. Si presenta problemas con el tratamiento, el o la paciente tendrá derecho a cambio precoz de tratamiento, en no más de 7 días desde la indicación.


b) Dentro de 37 días desde la indicación médica. Los casos que no requieren inicio o cambio precoz de tratamiento, lo recibirán dentro de 37 días desde la indicación médica.

c) Prevención transmisión madre-hijo.
Toda mujer embarazada VIH Positivo tendrá derecho a tratamiento con medicamentos para evitar la transmisión del virus al niño o niña en gestación. La terapia se realizará, a más tardar, a las 24 semanas de embarazo, o después si el diagnóstico es posterior. El cambio de tratamiento será dentro de los tres primeros días. Parto: El tratamiento se iniciará 4 horas antes de la cesárea programada o al inicio del parto vaginal. A las 8 horas de nacer: El recién nacido de una madre que vive con el VIH SIDA tendrá garantizado el inicio del tratamiento entre las 8 y las 12 horas de nacido.
   

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Email: oirsatacama@redsalud.gov.cl